Subvenciones
AYUDAS PARA COMPENSAR LAS PÉRDIDAS DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS QUE HAYAN SUSPENDIDO SU ACTIVIDAD ECONÓMICA EN EL AÑO 2019 POR MOTIVO DE ESTAR EN SITUACIÓN DE DISFRUTE DE LA PRESTACIÓN POR NACIMIENTO Y CURA DE MENOR O POR RIESGO DURANTE EL EMBARAZO En el BOIB 78, de 13 de junio, se publicó la Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la cual se aprueba la convocatoria de ayudas para compensar las pérdidas de las personas trabajadoras autónomas que hayan suspendido su actividad económica en el año 2019 por motivo de estar en situación de disfrute de la prestación por nacimiento y cura de menor o por riesgo durante el embarazo. Esta convocatoria de subvenciones tiene por objeto regular el otorgamiento de unas ayudas para compensar las personas trabajadoras autónomas que no se pudieron beneficiar de las ayudas reguladas en la Orden conjunta de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores y del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 28 de mayo de 2021 por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria extraordinaria de la Línea COVID de ayudas directas a empresarios y profesionales a que se refiere el título I del Real decreto ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial, en respuesta a la pandemia de la Covid-19 por no haber cumplido alguno de los requisitos para ser destinatarios de las ayudas establecidas en los artículos 2.A.1.b) y 2.B.2.a) de esta Orden, con el objetivo de promover la ocupación autónoma y para contribuir en la consecución de los objetivos de corresponsabilidad y conciliación de la vida personal, familiar y laboral en igualdad de condiciones entre hombres y mujeres. Plazo de presentación |
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AYUDAS PARA PROYECTOS DE NUEVOS MODELOS DE NEGOCIO EN LA TRANSICIÓN ENERGÉTICA Las ayudas podrán financiar actuaciones innovadoras encaminadas a desarrollar nuevos modelos de negocio en la transición energética en las áreas de actividad contempladas en el anexo I de la Orden TED/1359/2022. La convocatoria se estructura en tres líneas de ayudas: - Innovación en la transición energética. Se podrán financiar actuaciones relacionadas con productos, procesos o servicios nuevos o mejorados, que promuevan soluciones innovadoras que sirvan como palanca para la consecución de la transición energética. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 12 de junio de 2023 y finalizará a las 14:00 h. CEST del día 1 de agosto de 2023. |
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CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE INCENTIVOS PARA PROYECTOS DE PRODUCCIÓN DE ELECTRICIDAD Y CALOR A PARTIR DE ENERGÍAS RENOVABLES EN SUSTITUCIÓN DE PRODUCCIÓN A PARTIR DE COMBUSTIBLES FÓSILES La finalidad es la ejecución de proyectos de producción de electricidad y calor a partir de energías renovables en sustitución de producción a partir de combustibles fósiles, con el cual se pretende una sustitución paulatina de la producción de la electricidad y el calor a partir de combustibles fósiles por instalaciones que utilicen energías renovables. Podrán ser objeto de ayuda, los proyectos de plantas de producción de energía eléctrica y/o térmica que utilicen energías renovables |
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SUBVENCIONES PARA LA REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS Y LOCALES EN EL BARRIO DE SA PEÑA, LA MARINA, SA ALAMERA Y DALT VILA En el BOIB 77, de 10 de junio, se publicó el Extracto del Acuerdo del día 23 de maig de 2023 de la junta rectora del Consorci Eivissa patrimoni de la humanidad, por la que se convocan subvenciones para la rehabilitación de viviendas y locales en el barrio de Sa Peña, La Marina, Sa Alamera y Dalt Vila. El objeto de esta convocatoria es la concesión por parte del Consorcio Ibiza Patrimonio de la Humanidad, de subvenciones en materia de rehabilitación de viviendas y locales en los barrios de sa Peña, la Marina, sa Alamera y Dalt Vila. Las actuaciones concretas que se subvencionarán mediante estas ayudas son: 1) Actuaciones de adecuación estructural: obras que proporcionen a la totalidad del edificio o vivienda condiciones de seguridad constructiva, de forma que quede garantizada su estabilidad, resistencia y solidez. 2) Actuaciones de adecuación funcional: obras que proporcionen al edificio o vivienda condiciones suficientes respecto a accesos, estanqueidad frente a la lluvia y humedad, aislamiento térmico, redes generales de agua, gas, electricidad, telefonía, saneamiento y seguridad ante accidentes y siniestros. 3) Actuaciones de adecuación de habitabilidad: obras que proporcionen a la vivienda condiciones mínimas respecto a su superficie útil, distribución interior, iluminación natural o ventilación, servicios higiénicos e instalaciones de cocina u otros servicios de carácter general. 4) La realización de obras de adecuación que posibiliten a las viviendas ahorro de consumo energético o que permitan la adaptación a la normativa vigente en materia de agua, electricidad, protección contra incendios, o saneamiento. También la adecuación de edificios y viviendas en el Decreto 110/2010, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento para la mejora de la accesibilidad y la supresión de barreras arquitectónicas y demás normativa de aplicación, que permita el uso por persona con movilidad reducida. 5) La rehabilitación de fachadas del inmueble: En este caso, es condición ineludible la recuperación de diseños y tratamientos originales de la fachada, y la supresión o adecuación de todos aquellos elementos de fachada considerados impropios de acuerdo con la normativa PEPRI (cableados de fachadas, carpintería, bajantes de pluviales, …) 6) La rehabilitación de elementos comunitarios en edificios de viviendas plurifamiliares. 7) La rehabilitación de los locales de planta baja. Pueden ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en estas bases las personas físicas, las comunidades de bienes que acrediten ser titulares de la vivienda o local que promueven las obras con la adopción de los acuerdos necesarios que conforme a la legislación civil sean exigibles para la realización de las obras y que cumplan los requisitos de estas bases y con la normativa específica aplicable. El plazo para la presentación de las solicitudes será a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOIB y hasta el 31 de diciembre de 2023. |
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