Subvenciones
MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN QUE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA 2024 Y 2025 A LAS EMPRESAS CON ACTIVIDAD EN LAS ILLES BALEARS PARA LAS COMISIONES DE APERTURA Y ESTUDIO, LOS INTERESES Y EL COSTE DEL AVAL DE SOCIEDADES DE GARANTÍA RECÍPROCA PARA OPERACIONES DE FINANCIACIÓN DE LIQUIDEZ Y DE INVERSIONES PRODUCTIVAS Y EN INNOVACIÓN, DIGITALIZACIÓN Y SOSTENIBILIDAD En el BOIB 168, de 24 de diciembre, se publicó la Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de modificación de la Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 22 de febrero de 2024 por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para los años 2024 y 2025 a las empresas con actividad en las Illes Balears para cubrir las comisiones de apertura y estudio, los intereses y el coste del aval de sociedades de garantía recíproca para operaciones de financiación de liquidez y de inversiones productivas y en innovación, digitalización y sostenibilidad, que puede ser objeto de cofinanciación con cargo al Programa FEDER 2021-2027 de las Illes Balears. Esta convocatoria tiene por objeto regular el otorgamiento de ayudas para los años 2024 y 2025 a las empresas con actividad en las Illes Balears, según las definiciones que constan en esta Resolución, que hayan formalizado operaciones financieras avaladas por una o varias sociedades de garantía recíproca de las reguladas en la Ley 1/1994, sobre el régimen jurídico de las sociedades de garantía recíproca, destinadas a financiar operaciones de liquidez y de inversiones productivas y en innovación formalizadas entre el 1 de diciembre de 2023 y el 30 de noviembre de 2025. Las operaciones financieras avaladas deben disponer de: La finalidad de las operaciones financieras avaladas a subvencionar, en los términos y condiciones que establece esta convocatoria, es la siguiente: El plazo para presentar las solicitudes es desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears y hasta el 5 de diciembre de 2025. |
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Ayudas para cubrir comisiones de apertura y estudio, intereses y coste del aval de sociedades de garantía recíproca por operaciones de financiación de liquidez y de inversiones productivas y en innovación, digitalización y sostenibilidad En el BOIB 127, de 26 de septiembre, se publicó la Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 23 de septiembre de 2024 de modificación de la Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 22 de febrero de 2024 por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para los años 2024 y 2025 a las empresas con actividad en las Illes Balears para cubrir las comisiones de apertura y estudio, los intereses y el coste del aval de sociedades de garantía recíproca por operaciones de financiación de liquidez y de inversiones productivas y en innovación, digitalización y sostenibilidad, que puede ser objeto de cofinanciación con cargo al Programa FEDER 2021-2027 de las Illes Balears. Esta convocatoria tiene por objeto regular el otorgamiento de ayudas para los años 2024 y 2025 a las empresas con actividad en las Illes Balears, según las definiciones que constan en esta Resolución, que hayan formalizado operaciones financieras avaladas por una o varias sociedades de garantía recíproca de las reguladas en la Ley 1/1994, de 11 de marzo, sobre el régimen jurídico de las sociedades de garantía recíproca, destinadas a financiar operaciones de liquidez y de inversiones productivas y en innovación formalizadas entre el 1 de diciembre de 2023 y el 30 de noviembre de 2025. Las operaciones financieras avaladas deben disponer de: - aval financiero concedido por una sociedad de garantía recíproca cuya mayoría de los socios partícipes sean empresas que lleven a cabo su actividad principal en el territorio de las Illes Balears, o aval financiero concedido por una sociedad de garantía recíproca a empresas que lleven a cabo su actividad principal en el territorio de las Illes Balears; - tipo de interés variable calculado como el euríbor más un diferencial máximo del 2,5 % o tipo fijo equivalente al que resulte de aplicar un diferencial máximo del 3 % en el IRS (interest rate swap) en el plazo que corresponda; y - reafianzamiento de la operación, en un importe mínimo del 25 %, por una sociedad de reafianzamiento de las previstas en el artículo 11 de la Ley 1/1994, de 11 de marzo, sobre el régimen jurídico de las sociedades de garantía recíproca, y regula el Real Decreto 1644/1997, de 31 de octubre, relativo a las normas de autorización administrativa y requisitos de solvencia de las sociedades de reafianzamiento. La finalidad de las operaciones financieras avaladas a subvencionar, en los términos y condiciones que establece esta convocatoria, es la siguiente: - Financiación de liquidez. El plazo para presentar las solicitudes es desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears y hasta el 5 de diciembre de 2025. |
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AYUDAS PARA LA PROMOCIÓN DE LA OCUPACIÓN Y LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD DE COOPERATIVAS, MICROCOOPERATIVAS Y SOCIEDADES LABORALES DE LAS ILLES BALEARS POR LOS AÑOS 2025 Y 2026 En el BOIB 167, de 21 de diciembre, se publicó la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía mediante la cual se aprueba la convocatoria de ayudas para la promoción de la ocupación y la mejora de la competitividad de cooperativas, microcooperativas y sociedades laborales de las Illes Balears por los años 2025 y 2026. El objeto de esta convocatoria es aprobar las ayudas para promocionar la ocupación y la mejora de la competitividad de cooperativas, microcooperativas y sociedades laborales de acuerdo con los programas siguientes: a) Programa I. Mantenimiento de lugares de trabajo b) Programa II. Incorporación de nuevas personas a cooperativas, microcooperativas o sociedades laborales c) Programa III. Creación de cooperativas, microcooperativas y sociedades laborales d) Programa IV. Inversiones en nuevas tecnologías Periodo subvencionable Plazos de solicitud: |
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Subvenciones para la consolidación y el crecimiento sostenible de la ocupación autónoma en las Illes Balears años 2024, 2025, 2026 y 2027 En el BOIB 122, de 17 de septiembre, se publicó la Resolución del Consejero de Empresa, Empleo y Energía por la cual se aprueba la modificación de la Resolución del Consejero de Empresa, Empleo y Energía por la cual se aprueba la convocatoria de subvenciones para la consolidación y el crecimiento sostenible de la ocupación autónoma en las Illes Balears para los años 2024, 2025, 2026 y 2027 y se amplía el plazo de presentación de solicitudes. Esta convocatoria de ayudas se estructura en cuatro programas correspondientes a los pilares fundamentales para la consolidación de un negocio: ¿Quién la puede solicitar? Requisitos Cuantía de la ayuda Los periodos de presentación de las solicitudes se distribuirán de la siguiente manera: |
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